Para José Ferrater Mora el término ‘general’ se usa en lógica (y con frecuencia en epistemología y en metodología) en dos sentidos.

(1) Se dice de un concepto que es general cuando se aplica a todos los individuos de una clase dada; por ejemplo, el concepto Hombre es un concepto general. El concepto general se distingue en este caso del concepto colectivo, que se aplica a un grupo de individuos en tanto que grupo, pero no a los individuos componentes; por ejemplo, el concepto Rebaño es un concepto colectivo, pero no general. A veces el término ‘general’ se usa en el mismo sentido que el término ‘universal’ . Sin embargo, se ha advertido que esta confusión debe evitarse en la medida de lo posible. En efecto, ‘general’ debe usarse (como proponen Goblot y Maritain) solamente en el sentido de ‘universal en tanto que abstracto» y nunca en el sentido de ‘universal en tanto que distributivo’. De este modo el concepto particular se opone al concepto universal distributivo, pero no al concepto universal en tanto que abstracto. Además, ello hace posible que el concepto general se oponga a un concepto menos general o menos universal, pero no a un concepto particular (Cfr. Maritain, Petite Logique, Cap. I, sec. 2, § 4). Por ejemplo, el concepto Hombre es más general que el concepto Europeo, y el concepto Europeo es más particular que el concepto Hombre.

(2) Se dice de un juicio que es general cuando se refiere a un número finito o indefinido de individuos. A veces se confunde el juicio general con el juicio colectivo; según Goblot, esta confusión es inadmisible, porque mientras el juicio colectivo total se funda en los juicios singulares que totaliza, el juicio general no procede por totalización, sino por generalización de juicios singulares (Cfr. Goblot, Logique, 5 110). A veces se identifica el juicio general con el juicio universal. También esta confusión es inadmisible; en efecto, mientras es posible decir ‘es un juicio muy general’ no es posible decir ‘es un juicio muy universal’. Dicho sea de paso, el mencionado uso de ‘general’ aplicado al juicio se funda en la vaguedad de su significación. Por ese motivo, Lalande recomienda ( Cfr. Vocabulaire, s. v. «Général») no usar ‘general», sino, según los casos, ‘universal’ o ‘genérico’ cuando se habla de un juicio o de una proposición.

Esta recomendación es seguida por cierto número de lógicos y metodólogos en lo que toca al juicio. En cambio, en lo que se refiere al concepto los lógicos clásicos siguen usando ‘general’ y distinguiéndolo de ‘universal’ en tanto que los lógicos actuales evitan emplear el término o bien lo emplean consistentemente en el sentido de ‘universal’.

Compilado por: Abasuly Reyes – martes, 23 de agosto de 2011, 15:33